Se encuentra en trámite la llamada Ley del Aborto, que permite que las mujeres puedan interrumpir el embarazo libremente, siempre dentro de un plazo de gestación, y así poder ejercer su derecho pleno a la maternidad.
Como siempre, en este país, La Iglesia católica opina, y opina fuerte. Tal es así, que en este complicado entramado de las leyes, Gobierno y Sociedad se ven coaccionados con su voz en cuestiones que sólo competen al Estado y sus cámaras representativas: Congreso de los Diputados y Senado.
Desde la Conferencia Episcopal se ha elaborado por parte del Comité para la Defensa de la Vida, liderado por el gran conservador Narciso Jubany, un documento con cien cuestiones y respuestas sobre la Defensa de la vida humana y la actitud de los católicos frente al aborto. En éste se realizan afirmaciones dogmáticas sobre cuestiones que en la comunidad científica quedan ya bastante claras. El mayor ejemplo es la consideración de que la concepción ( unión del espermatozoide con el óvulo ) supone la formación de una vida, de un ser humano, en el más estricto sentido de la expresión. Ese intercambio de material genético es sin duda una vida en potencia, de la misma manera que un árbol es en potencia un folio, pero ni lo uno ni lo otro son de facto, por sí mismos, ni un individuo ni un papel.
Más allá de la discusión de estos temas obvios, se dejan caer auténticas bombas contra la moral y la sensibilidad humana, como la definición del llamado aborto ético, es decir, aquel que se realiza cuando la concepción ha sido debida a un acto de feroz, cruel y agresiva violación. A pesar de que esta interrupción del embarazo no se considera punible por el Código Penal, pues está recogida en la Ley Orgánica 9/1985 del 5 de julio, artículo 417 bis, para la Iglesia y el Derecho Canónigo sí, argumentando desde su óptica que un acto injusto no puede compensarse con otra injusticia. Ya sabe usted, si a su hija la violan y queda encita, probablemente por obra y desgracia de un perturbado, que no aborte, pues caería en un incumplimiento del quinto mandamiento, no matarás. Y demos gracias de que corre el año 2010, doscientos años antes hubiese recaído en la inobservancia del sexto, por cometer además, un acto impuro.
Pero no se levanten de la mesa, que el festín aún no ha concluido. Las otras dos causas por las que el aborto queda despenalizado también suponen otra aberración para la Iglesia. Por un lado, el nacimiento de un hijo con problemas psíquicos o físicos graves, o como ellos comentan, llamado a tener una vida disminuida con grandes sufrimientos tanto para él como para su familia, supone un craso error, en contra de los planteamientos humanitarios más básicos y del propio sentido común. Finalmente, en caso de que el peligro recaiga sobre la madre, el pronunciamiento no es nada claro, al parecer los medios actuales minimizan estos riesgos. Habría que preguntarles, en caso de que existiera de manera irremediable, quién merece exponerse al fallecimiento primeramente, madre, hijo, o puestos a generosos, ambos.
Afortunadamente, puedo decirles que mañana brillará el sol, y si usted comete o interviene positivamente en la interrupción de un embarazo, el único derecho que le será privado es el de recibir los Santos Sacramentos. Y no se confiese ni vaya a comulgar, estará usted excomulgado latae sententiae, esto es, automáticamente. Y es que ese sería, sin lugar a dudas, el mayor regalo que La Lacra podría hacerles.